Categoría:Derecho; Derecho internacional; Teoría general del derecho
Temática:El Derecho y su aplicación en otras profesiones (arquitectura legal, psicología legal, medicina legal), Derecho internacional del transporte, las comunicaciones y el comercio, Derecho internacional aéreo y aeroespacial
La presente obra realiza un estudio jurídico constitucional sobre la regulación, naturaleza, fines y límites del estado de alarma en el Derecho español, así como su implementación en la denominada crisis de los controladores aéreos civiles de AENA en diciembre de 2010, con particular profundidad en lo que a la movilización de dichos profesionales se refiere.
1. INTRODUCCIÓN
2. MOVILIZACIÓN Y MILITARIZACIÓN EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA DESDE LA LEY 50/1969 2.1. Conceptos legales derivados de la derogada Ley 50/1969, de 26 de abril, básica de Movilización Nacional. 2.2. Evolución normativa reciente: De la movilización a la activación de la reserva. 2.3. ¿Qué fue de la movilización en su modalidad de militarización? 2.4. La militarización operativa y parcial de AENA. Referencia a la militarización operativa de los supuestos más graves de la Protección Civil en España 2.5. Características de la militarización de los controladores civiles de tránsito aéreo de AENA.
3. MARCO JURÍDICO CONSTITUCIONAL EN EL QUE SE ACORDÓ LA MILITARIZACIÓN DE LOS CONTROLADORES AÉREOS: EL ESTADO DE ALARMA. 3.1. Garantías y principios en los estados excepcionales. Especial referencia al estado de alarma. 3.1.1. Principios de los estados excepcionales. 3.1.2. La relevancia del Parlamento. 3.1.3. El Poder Ejecutivo y el principio de limitación. 3.2. La problemática naturaleza del estado de alarma. 3.2.1. Consideraciones generales. 3.2.2. El art. 4 c) LO 4/1981 en los trabajos parlamentarios. 3.2.3. El art. 12 Dos LO4/1981 en los trabajos parlamentarios. 3.2.4. Conclusiones. 3.3. La declaración del estado de alarma. El RD 1673/2010, de 4 de diciembre. 3.3.1. Presupuestos legales. 3.3.2. Procedimiento de declaración. 3.4. La prórroga del estado de alarma. El RD 1717/2010, de 17 de diciembre. 3.5. El control judicial sobre las normas y actos excepcionales. 3.6. Referencia a la nueva Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional.
4. EL SOMETIMIENTO DE LOS CONTROLADORES DE TRÁNSITO AÉREO DE AENA A LAS LEYES PENALES Y DISCIPLINARIAS MILITARES: UNA MILITARIZACIÓN "QUIRÚRGICA" PERO DE DUDOSA CONSTITUCIONALIDAD. 4.1. Problemas jurídico-constitucionales. Aspectos generales. 4.1.1. La militarización en relación con el equilibrio de poderes en el estado de alarma. La autoridad competente. 4.1.2. La militarización en relación a la limitación de los derechos fundamentales. Suspensión "de facto" del derecho de huelga (art. 28.2 CE) y su problemática justificación constitucional. 4.2. Problemas jurídico-constitucionales. Aspectos específicos. 4.2.1. Ausencia de habilitación legal para movilizar/militarizar a los controladores aéreos de AENA. A) Art. 12.2 de la LO 4/1981, de 1 de julio. B) Art. 8.5 de la LO 13/1985, de 9 de diciembre. El estado de alarma y la justicia militar C) Art. 44 de la Ley 48/1960, de 21 de julio. D) El art. 2.6º del nuevo Código Penal Militar, aprobado mediante Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre. 4.2.2. La falta de asimilación militar: los controladores aéreos como "militares de hecho". 4.2.3. El art. 3 del RD 1673/2010, de 4 de diciembre y el aspecto material del principio de legalidad sancionadora (art. 25 CE). 4.2.4. La militarización y los principios de seguridad jurídica y de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (art. 9.3 CE). 4.2.5. El art. 3 del RD 1673/2010, de 4 de diciembre, el "ámbito estrictamente castrense" (art. 117.5 CE) y el derecho al juez natural (117.6 CE). 4.2.6. El art. 8.5 LO 13/1985, de 9 de diciembre y el ámbito subjetivo de aplicación de la Ley de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. 4.2.7.- Problemática en la aplicación de las sanciones disciplinarias a los controladores aéreos militarizados (arts. 25.3 CE y arts. 5 y 6 CEDH).
5. A MODO DE CONCLUSIÓN ANEXO I. Real Decreto 1611/2010, de 3 de diciembre, por el que se encomienda transitoriamente al Ministerio de Defensa las facultades de control de tránsito aéreo atribuidos a la entidad pública empresarial AENA.
ANEXO II. Ley 50/1969, de 26 de abril, Básica de Movilización Nacional (Derogada por la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar).
ANEXO III. Real Decreto 1673/2010, de 4 de diciembre, por el que se declara el estado de alarma para la normalización del servicio público esencial del transporte aéreo.
ANEXO IV. comunicación personal a los controladores aéreos
ANEXO V. Real Decreto 1717/2010, de 17 de diciembre, de prórroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 1673/2010.
ANEXO VI. Real Decreto 28/2011, de 14 de enero, por el que se deroga el Real Decreto 1611/2010, de 3 de diciembre, por el que se encomienda transitoriamente al Ministerio de Defensa las facultades de control de tránsito aéreo atribuidos a la entidad pública empresarial AENA.