Los ADITIVOS, autorizados y regulados reglamentariamente, son ingredientes para incorporarlos a los productos alimenticios y/o alimentarios con finalidad mejoradora de sus características; muchos de ellos carecen de valor nutritivo. Nunca deben confundirse los coadyuvantes tecnológicos y los complementos alimenticios y/o alimentarios con los ADITIVOS. Tampoco se debe pensar que un contaminante, accidental o incorporado conscientemente, pueda calificarse como ADITIVO. Para que un ADITIVO pueda ser usado debe haber sido autorizado y regulado su uso por las Disposiciones legislativas en vigor redactadas de acuerdo con las especificaciones y pruebas analíticas y/o experimentadas llevadas a cabo por los especialistas del sector alimentario en cada caso. El control científico de los medios de comunicación, de los propios empresarios e incluso de la difusión, por cualquier medio, ante los consumidores daría la clara garantía contra la información arbitraria, confusa y equívoca actual sobre los ADITIVOS y su empleo en la alimentación humana y animal. Después de estas notas se puede deducir que los ADITIVOS autorizados y su uso reglamentario no suponen nunca un riesgo para el consumidor y hay que tener bien claro que cualquier otra interpretación busca la confusión entre los consumidores, la rivalidad entre empresarios y la manipulación de lo que debería ser una información correcta.